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Informes de solvència CIRBE: instruccions de sol·licitud

En els últims anys, i arran dels efectes de la crisi econòmica i empresarial , alguns dels nostres clients han hagut de sol·licitar els informes de solvència, més coneguts com informes CIRBE, per conèixer la situació dels seus deutes amb les entitats de crèdit.

Responen a les sigles de Central d’Informació de Riscos del Banc d’Espanya, una base de dades amb la informació dels préstecs, crèdits, avals i garanties que cada entitat de crèdit manté amb els seus clients. La CIRBE, que no s’ha de confondre amb un registra de morosos, facilita a les entitats declarants, cada mes i de forma agregada,  la informació de les persones amb un risc acumulat superior als 9.000 euros.

Atès l’interès de moltes persones per accedir a aquest tipus d’informes, hem preparat una circular detallada sobre els mateixos i el procediment de sol·licitud, així com la documentació que s’ha d’aportar i altres aspectes que cal tenir en compte.

CIRBE: QUÉ ES Y CÓMO SOLICITARLO 

Durante los últimos años, atendiendo a la tesitura económica en la que nos hemos ido encontrando, algunos de nuestros clientes se han visto en la obligación de tener que solicitar los denominados Informes CIRBE con el fin de poder conocer el estado actualizado de las deudas contraídas con entidades de crédito. Es por ello, que mediante la presente les queremos facilitar cuatro apuntes en relación con los Informes CIRBE y como solicitarlos.

La Central de Información de Riesgos, también conocida como CIR o CIRBE, es una base de datos que recoge la información de los préstamos, créditos, avales y garantías que cada entidad de crédito mantiene con sus clientes. Mensualmente y de forma agregada, la CIRBE facilita a las entidades declarantes la información de las personas cuyo riesgo acumulado supere los 9.000 euros. No obstante, es importante tener en cuenta que  CIRBE no es un registro de morosos, no indica saldos impagados, sino la totalidad de la deuda.

Podrá solicitar, de manera gratuita, un informe a la CIRBE cualquier persona, ya sea física o jurídica, pero únicamente sobre los datos que le conciernen a su propia persona, nunca sobre datos de terceros, salvo existencia de poder notarial específico. Dicha solicitud se puede realizar de forma presencial, por correo o de forma electrónica. En este sentido, cabe hacer constar que la forma más rápida y sencilla es la solicitud vía electrónica, puesto que se puede solicitar todos los días del año, a cualquier hora, sin desplazamiento ni esperas innecesarias.

Para poder solicitar su informe de forma electrónica es imprescindible disponer de firma digital:

  • Personas físicas: DNI electrónico o certificado de firma digital de la FNMT.
  • Personas jurídicas: certificado de personas jurídicas de la FNMT u otro sistema de firma electrónica avanzada que el Banco de España tenga reconocida.

Una vez se dispone de la correspondiente firma digital, se debe acceder a la “Aplicación Petición Informes y Reclamaciones CIR” a la cual se puede acceder mediante el siguiente enlace:

https://sedeelectronica.bde.es/sede/es/menu/ciudadanos/central-de-infor/Solicitud_de_in_f91d40ea9282d21.html.

Petición online

No obstante, si se realiza la petición de forma electrónica se han de tener en cuenta los siguientes aspectos:

  • El sistema facilita los informes aproximadamente a los 15 minutos de su solicitud, salvo que existan incidencias.
  • Si se solicita un informe en fin de semana, la respuesta estará disponible a partir del primer día hábil siguiente.
  • No se pueden solicitar informes de una antigüedad superior a 10 años.
  • Una vez disponible, el solicitante que desee descargar su informe de riesgos deberá acceder a la aplicación en el apartado de consultas con su firma electrónica.
  • Los informes estarán disponibles para su consulta durante 20 días desde su emisión.

Para poder solicitar su informe de forma presencial deberá desplazarse la persona interesada a la sede central del Banco de España o a cualquiera de sus sucursales, con la documentación necesaria, DNI y copia para personas físicas y escritura de la sociedad y del cargo de administrador y CIF y copias, en caso de personas jurídicas.

De igual modo, para poder solicitar su informe por correo deberá cumplimentarse el formulario “Solicitud de informes de Riesgos a la Central de Riesgos”, disponible en la página web, cuyo enlace hemos adjuntado anteriormente, y enviarlo junto con la documentación requerida a Banco de España, Central de Información de Riesgos, calle Alcalá, 48, Madrid 28014.

En el caso de las solicitudes, tanto presenciales como por correo, requieren de la presentación de documentación adicional, la cual irá en función del tipo de solicitud (correo, presencial, persona física, jurídica,…) y viene detallada en la página web, cuyo enlace hemos adjuntado anteriormente.

El plazo máximo de resolución de la solicitud del informe es de diez días hábiles, si bien en la tramitación electrónica y presencial, lo habitual es poder obtener el informe en pocos minutos.

Entendiendo que esta información pueda ser de su interés, quedamos como siempre a su entera disposición para atender cualquier consulta o aclaración que precisen realizar en relación a este tema, o cualquier otro.

Cristina Torres Lozano

Área Legal