El Gobierno ha aprobado la implementación de ayudas del Kit Digital para promover la digitalización de pymes y autónomos. Se trata de una ayuda económica de más de 3.067 millones de euros, enmarcada en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
A la vista de la gran avalancha de información que existe sobre la materia, intentaremos resumir y unificar a continuación los aspectos más importantes que la componen. Sin embargo, será necesario que en cada uno el solicitante se asegure de los plazos y los requisitos que se le aplican, pues se trata de ayudas finalistas que requieren que los beneficiarios cumplan con los requisitos establecidos y controlar la implantación de las herramientas que se financian con estas ayudas.
El importe de la ayuda oscila entre los 2.000 y los 12.000 euros, según las características de la empresa.
Requisitos para solicitar la ayuda:
- Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo.
- Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.
- Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima que se establece por convocatoria.
- No tener consideración de empresa en crisis.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
- No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No superar el límite de ayudas minimis (de pequeña cuantía).
Pasos a seguir para solicitar el Kit Digital:
- Registrarse en Acelera pyme.
- Completar el test de diagnóstico digital.
- Una vez se haya otorgado un bono, se debe elegir la solución digital.
- Solicitar la ayuda con el certificado digital o Cl@ve.
- Seleccionar el agente digitalizador.
Convocatorias abiertas:
- Si eres una empresa entre 0 y menos de 3 empleados: Accede aquí a la tercera convocatoria.
- Si eres una empresa entre 3 y 10 empleados: Accede aquí a la segunda convocatoria.
- Si eres una empresa entre 10 y 50 empleados: Accede aquí a la primera convocatoria.
Desde PICH BNFIX estamos a su disposición para cualquier aclaración sobre la materia.
Estefanía Sánchez Ramírez
Estefania.sanchez@pich.bnfix.com
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