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El jueves 30 de marzo organizamos un nuevo Café con BNFIX PICH, en esta ocasión dedicado a exponer las regulaciones española y portuguesa para la implantación de empresas en sus respectivos países

El Boletín Oficial del Estado ha publicado hoy, 15 de febrero, la norma que fija el nuevo salario mínimo interprofesional (SMI) para 2023, con efectos retroactivos a 1 de enero de 2023, y que queda fijado en 36 euros/día o 1.080 euros/mes (15.120 anuales). Deberá aplicarse tanto para los trabajadores fijos como para los eventuales o temporeros, así como para las empleadas del hogar.

Ahondando en la información anterior, Sara Bueno, del Área Laboral, explica los efectos de la aplicación del Mecanismo de Equidad Intergeneracional en, entre otras, las cuotas de los trabajadores autónomos y en la cotización por contingencias comunes y que se traducen, en ambos casos, en un aumento de cuotas.

A partir del próximo 1 de abril será la Administración quien, por vía telemática, comunique los partes médicos de los trabajadores a las empresas. Así, estos no deberán entregar una copia en papel de la baja, si bien deberán informar lo antes posible del inicio y previsible fin de la baja a fin de facilitar una óptima organización del trabajo.

Una norma de 30 de enero introduce diversos cambios en las bases de cotización a la Seguridad Social, a la espera de la aprobación del nuevo Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Introduce también la novedad del Mecanismo de Equidad Intergeneracional, así como cambios que afectan, entre otros, a las horas extraordinarias por fuerza mayor, al Fondo de Garantía Salarial y al régimen de trabajadoras del hogar.

La consultora Sara Bueno, del Área Laboral de BNFIX PICH, participó el 19 de enero en una sesión informativa organizada por el Gremio de Constructores de Obras de Barcelona y Comarcas para explicar los principales cambios que ha supuesto el nuevo sistema de cotización de los trabajadores autónomos y que entró en vigor el 1 de enero.

Montse Teruel, del Área Laboral, explica en este vídeo qué aspectos debemos en tener en cuenta, desde el punto de vista laboral, a la hora de hacer o recibir pagos en especie (el ticket restaurante, el abono del transporte, la cuota del gimnasio, por poner unos ejemplos…), así como su aplicación en los planes de retribución flexible.

El próximo 1 de enero entra en vigor el nuevo sistema de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos, los cuales tendrán que realizar la comunicación de su previsión de ingresos para el ejercicio.

 Las empresas, con independencia del número de trabajadores que tengan, han de promover obligatoriamente condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo y establecer procedimientos específicos para prevenirlos y canalizar las denuncias de los afectados. 

Los protocolos de acoso sexual engloban las siguientes actuaciones a llevar a cabo: 

  • Elaboración y comunicación a la organización de los códigos de buenas prácticas. 
  • Realización de campañas informativas.  

En las empresas de más de 50 trabajadores, los protocolos contra el acoso sexual y por razón de sexo formarán parte del contenido mínimo obligatorio del diagnóstico del plan de igualdad.  

Una vez confeccionados dichos protocolos, su registro es voluntario, pero recomendable. 

Las empresas, en aplicación de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, norma relativa a las víctimas de violencia sexual, tienen las siguientes obligaciones: 

  1. Promover condiciones de trabajo que eviten la comisión de delitos y otras conductas contra la libertad sexual y la integridad moral en el trabajo, incidiendo especialmente en el acoso sexual y el acoso por razón de sexo. 
  1. Arbitrar procedimientos específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido víctimas de estas conductas, incluyendo específicamente las sufridas en el ámbito digital. 
  1. Establecer medidas que han de negociarse con los representantes de las personas trabajadoras, tales como la elaboración y difusión de códigos de buenas prácticas, la realización de campañas informativas, protocolos de actuación o acciones de formación. 

El incumplimiento de esta obligación constituye una infracción grave, sancionable con multa de 751 a 7.500 euros. 

El Área de Laboral de BNFIX PICH TAX LEGAL puede acompañarle y asesorarle en la elaboración de los protocolos de acoso de su empresa.  

Montse Teruel 

montse.teruel@pich.bnfix.com 

Área Laboral 

Como sabemos, la Seguridad Social ha establecido una serie de plazos y fechas que se repiten casi todos los meses para el cumplimiento de las obligaciones de carácter laboral por parte de empresas, trabajadores y autónomos. Por este motivo, y en nuestra línea de tenerles siempre informados, creemos interesante hacer un pequeño recordatorio para tenerlo presente a la hora de presentar las liquidaciones de la Seguridad Social.  

Así, el Sistema de Liquidación Directa repite casi todos los meses las siguientes fechas y plazos:  

  • El día 22 de cada mes es el último día para realizar el cierre de cargo en cuenta o de la domiciliación bancaria. Hasta esta fecha, podremos informar o modificar los datos bancarios, enviar y confirmar las liquidaciones. 
  • El día 24 de cada mes es el primer cierre de oficio en pago electrónico. Es decir, que si no comunicamos previamente lo contrario, en esta fecha se confirma automáticamente la liquidación en modalidad de pago electrónico.  
  • El día 28 de cada mes, y hasta el penúltimo día del mes, debido a la proximidad de la fecha de finalización del plazo reglamentario, no se generan borradores ante nuevos envíos, sino que se realizarán cierres y confirmaciones de forma automática.  
  • El día 29 o el penúltimo día del mes es el último día de plazo reglamentario para presentar los seguros sociales.  
  • El día 30 o el último día del mes será el último día para el abono de los seguros sociales. 

Las fechas y los plazos indicados anteriormente se respetarán todos los meses, excepto los meses de febrero y diciembre, que presentarán las modificaciones siguientes:  

En ambos meses, el día 20 será el último día para realizar el cierre de cargo en cuenta o de la domiciliación bancaria.  

Únicamente deberían verse afectados estos plazos si la administración considerara realmente necesario e importante modificar dicha fecha y plazo, previo aviso y comunicación de la modificación.  

Como bien saben, en BNFIX Pich les ofrecemos la información más relevante o que les puede resultar de gran interés, pero si tienen cualquier duda sobre este tema o quieren ampliar información sobre el mismo o cualquier otro, estamos a su disposición.  

Sara Bueno  

Área laboral 

sara.bueno@pich.bnfix.com 

 BNFIX PICH 

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