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La Dirección General de Tráfico (DGT) ha anunciado que a partir del 1 de noviembre de 2022 dejará de enviar notificaciones en papel y notificará  solo  de forma electrónica a través de la Dirección Electrónica Vial (DEV).

La DEV es obligatoria para las personas jurídicas y el resto de sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración que tengan algún vehículo matriculado a su nombre o arrendatarias de algún vehículo. Por lo tanto, si tu empresa no tiene vehículos a su nombre o arrendados, no existe obligación de darse de alta en DEV.

Para dar de alta en DEV será necesario usar un certificado digital en vigor y facilitar un correo electrónico y un teléfono móvil dónde recibir los avisos de las notificaciones pendientes. A través del siguiente link podrá darse de alta en el DEV: https://sede.dgt.gob.es/es/otros-tramites/direccion-electronica-vial/

Y para poder acceder a las notificaciones solamente se necesita estar en posesión de un certificado digital o DNI electrónico en vigor.

Si tiene cualquier duda o necesita ayuda, no dude en ponerse en contacto con alba.pich@pich.bnfix.com

 

Alba Pich

alba.pich@pich.bnfix.com

Área Fiscal

 

Como hemos ido informando estos últimos años, tanto las personas jurídicas como los autónomos tienen la obligación de relacionarse digitalmente con las diferentes administraciones públicas. Cada Administración Pública tiene su buzón, por lo que puede ser un dolor de cabeza para los contribuyentes.

Recomiendan, asimismo, que con la llegada de las vacaciones, planifiquen los días que serán fuera de la oficina, para que el sistema de Dirección Electrónica Habilitada de la Agencia Tributaria permite señalar unos días en los que ésta no puede enviar notificaciones a el buzón electrónico.

Excepto en el caso de que BNFIX PICH seamos los apoderados de su empresa y, por tanto, ya nos ocupamos de estos trámites, insistimos en la importancia de hacer una cuidadosa gestión de este buzón para evitar los indeseables efectos de recibir notificaciones, durante las vacaciones, por parte de Hacienda o de la Seguridad Social, ya que puede conllevar la pérdida de derecho, y por consiguiente, el pago de liquidaciones y la posible derivación de responsabilidad al administrador. Como siempre, quedamos a su disposición para cualquier consulta o trámite al respecto.

Alba Pich

alba.pich@pich.bnfix.com

Àrea Fiscal