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Amb la coca de Sant Joan encarregada i el cava a la nevera, us fem a mans la newsletter de juny, en la qual us informem, entre altres coses, de les recomanacions de la Inspecció de Treball sobre el nou registre obligatori de la jornada de treball i del calendari de festes del 2020 a Catalunya. Parlem així mateix de la Comissió Europea, que ha dut les sancions del model 720 als tribunals europeus, i de l’imminent inici de termini per a la presentació, per a la major d’empreses, de l’Impost sobre Societats (IS). La participació en una sessió al Gremi de Constructors de Barcelona i la recent publicació de l’informe de conjuntura de Foment del Treball són altres temes que podeu llegir al butlletí, al vostre abast clicant AQUÍ

Com sempre, confiem que sigui una lectura interessant.

Joaquim Coma.

 


Con la coca de San Juan encargada y el cava en la nevera, os hacemos llegar la newsletter de junio, en la que os informamos, entre otras cosas, de las recomendaciones de la Inspección de Trabajo sobre el nuevo registro obligatorio de la jornada de trabajo y del calendario de fiestas del 2020 en Catalunya. Hablamos asimismo de la Comisión Europea, que ha llevado las sanciones del modelo 720 a los tribunales europeos, y del inminente inicio de plazo para la presentación, para la mayor de empresas, del Impuesto sobre Sociedades (IS). La participación en una sesión en el Gremi de Constructors de Barcelona y la reciente publicación del informe de coyuntura de Foment del Treball son otros temas que puede leer el boletín, a su alcance haciendo clic AQUÍ

Como siempre, confiamos en que sea una lectura interesante .

Joaquim Coma.

 

La Comisión Europea considera “desproporcionadas” las sanciones que impone España a los contribuyentes residentes en territorio español por no notificar, a través del modelo 720, la tenencia de bienes y derechos en el extranjero.

Por este motivo, decidió a principios de junio llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (puede ver comunicado de prensa de la Comisión Europea pinchando AQUÍ), en este caso centrándose en los bienes y derechos de residentes en territorio español situados en otros estados miembros de la UE o del EEE.

Para la Comisión, estas sanciones son desproporcionadas y discriminatorias, ya que pueden disuadir a las empresas y particulares de invertir o circular a través de las fronteras del mercado único. Entiende, por tanto, que las sanciones entran en conflicto con los derechos fundamentales de la Unión Europea como son la libre circulación de personas, capitales, trabajadores y libertad de establecimiento.

Esta decisión de la Comisión se produce cuatro años después de que ésta iniciara un expediente sancionador contra el Modelo 720 y contra el régimen sancionador asociado, por considerarse desproporcionado, confiscatorio y discriminatorio.

Ante este nuevo escenario, estaremos atentos a ver los efectos que pueda tener para los contribuyentes obligados a presentar el modelo 720, de los que les informaremos en cuanto tengamos noticias.

Carolina Mateo · economista, responsable de bienes situados en el extranjero