El valor de referencia catastral es, desde el pasado 1 de enero, la nueva base imponible mínima delos Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD) y sobre Sucesiones y Donaciones. Puede también afectar al Impuesto sobre el Patrimonio, IRPF, IVA e Impuesto sobre Sociedades.
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