Davant de la situació de crisis sanitària com a conseqüència de la COVID19 els diferents governs aproven una sèrie de mesures per tal de pal·liar els efectes. En aquest sentit, detallarem les diverses novetats aprovades recentment d’àmbit estatal i català.

Novetats tributàries a Catalunya en l’Impost sobre Estades Turístiques i l’IRPF

La Generalitat de Catalunya ha aprovat recentment el Decret Llei 36/2020, de 3 de novembre, de mesures urgents en l’àmbit de l’Impost sobre les Estades en Establiments Turístics i de l’Impost sobre la Renda de les Persones Físiques (IRPF).

En primer lloc, en relació amb l’Impost sobre les Estades en Establiments Turístics, la Generalitat posposa novament l’augment de tarifes que s’havia d’aplicar amb data 01 de gener de 2021 i que s’aplicarà a partir del 01 de juny del 2021.  En el mateix sentit, el recàrrec que pot fixar l’Ajuntament de Barcelona mitjançant ordenança fiscal també serà d’aplicació a partir de l’01 de juny de 2021.

Per altra banda, en relació a l’IRPF s’estableix una deducció per obligació de presentar la declaració de l’IRPF per raó de tenir més d’un pagador aplicable a la declaració de l’exercici 2020 que es presentarà a partir del pròxim mes d’abril 2021.

En aquest cas, la normativa estableix que els contribuents que com a conseqüència de situacions d’ERTO o atur tinguin més d’un pagador i estiguin obligats a presentar la declaració de l’IRPF, podran aplicar una deducció en la quota íntegra autonòmica.

Novetats tributàries estatals

En l’àmbit estatal, s’ha publicat el Projecte de Pressupostos Generals de l’Estat del 2021 pendent d’aprovació que inclou novetats en la declaració de l’IRPF com ara la reducció de les desgravacions en els plans de pensions de cara a la declaració de l’IRPF del 2021, que es desenvoluparan en propers articles quan estiguin aprovats.

Per altra banda, amb data 17 de novembre de 2020 s’ha aprovat el Real Decreto-Ley 34/2020 que inclou vàries mesures per recolzar la liquiditat i la solvències d’empreses i autònoms, entre les que destaquen les detallades a continuació:

  • Ampliació del termini de suspensió del deure de sol·licitar concurs de creditors i l’obligació del jutge de tramitar les sol·licitud de concurs presentat pels creditors, posposat a data 14 de març del 2021
  • En cas de sol·licitud per part de les empreses, es podrà ampliar el venciment dels préstecs ICO concedits a causa de la COVID un màxim de tres anys addicionals. Per altra banda, es podrà ampliar la carència dels préstecs ICO en un termini de 12 mesos addicionals, amb un màxim total de 24 mesos de carència.
  • Rebaixa de l’IVA de les mascaretes al tipus reduït del 4% (anteriorment tributaven al 21% d’IVA) aplicable fins al 31 de desembre del 2021.

Ester Brullet Humet

Economista · Àrea fiscal

ester.brullet@pich.bnfix.com

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Tenemos el placer de invitarle a nuestro próximo CAFÉ CON BNFIX, el próximo viernes 27 de noviembre, de 9:00 a 10:30h, por streaming.

Si somos capaces de aprender de nuestros errores y fracasos, un contratiempo puede significar un nuevo impulso para futuros proyectos exitosos. En nuestra sociedad tendemos a pensar que cuando algo no ha salido bien o hemos cometido un error es una señal inequívoca de que hemos fracasado. Sin embargo, esto no es así, pues si lo sabemos ver con perspectiva y aprendemos de la experiencia vivida habremos dado un paso de gigante en la dirección correcta para alcanzar el éxito. Por tanto, saber gestionar el fracaso se convierte en algo verdaderamente importante, tanto a nivel personal como empresarial, sobre todo en los tiempos que estamos viviendo.

Para tratar de todo ello, en esta ocasión contaremos con los siguientes ponentes:

/ Pedro Juan Martín Castejón: Economista, experto en Marketing y Comercialización, profesor de la Universidad de Murcia, Director de Programas Sociales de la Cátedra de RSC.
/ Reyes Lozano Piñero: Psicóloga, especializada en neuropsicología y experta en la resolución de conflicto emocionales en el entorno de la empresa familiar.

Dado que el aforo es limitado, rogamos que en el caso de estar interesado en asistir nos lo comunique llamando al tlf. 868 45 48 60 (Carmen Belmonte), o bien mediante mail: info@bnfix.com.

La asistencia se confirmará por orden de inscripción, con la inscripción recibirán un enlace para poder conectarse y participar al final de la sesión si tienen alguna pregunta.

Le esperamos.

Ramon Madrid · BNFIX Murcia

El Parlament de Catalunya va publicar al Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya en data 30 d’abril del 2020 la Llei 5/2020 del 29 d’abril de de mesures fiscals, […]

La Generalitat de Catalunya ha aprobado recientemente el Decreto Ley 36/2020, de 3 de noviembre, de medidas urgentes en el ámbito del Impuesto sobre las Estancias en Establecimientos Turísticos y del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF ).

En primer lugar, en relación con el Impuesto sobre las Estancias en Establecimientos Turísticos, la Generalitat pospone nuevamente el aumento de tarifas que se debía aplicar con fecha 1 de enero de 2021 y que se aplicará a partir del 1 de junio de 2021. En el mismo sentido, el recargo que puede fijar el ayuntamiento de Barcelona mediante ordenanza fiscal también será de aplicación a partir del 1 de junio de 2021.

Por otro lado, en relación al IRPF se establece una deducción por obligación de presentar la declaración del IRPF por razón de tener más de un pagador aplicable a la declaración del ejercicio 2020,  que se presentará a partir del próximo mes de abril 2021.

En este caso, la normativa establece que los contribuyentes que como consecuencia de situaciones de ERTE o paro tengan más de un pagador y estén obligados a presentar la declaración del IRPF, podrán aplicar una deducción en la cuota íntegra autonómica.

El Proyecto de Presupuestos Generales del Estado del 2021, pendiente de aprobación, incluye novedades en la declaración del IRPF como la reducción de las desgravaciones en los planes de pensiones, que se desarrollarán en próximos artículos cuando estén aprobados.

Ester Brullet Humet

Economista · Área fiscal

ester.brullet@pich.bnfix.com

BNFIX PICH

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Desde el mes de octubre los trabajadores por cuenta propia y los trabajadores del mar han visto incrementada su cuota mensual debido a la revalorización de las cuotas de contingencias profesionales y de cese de actividad para el año 2020.”

La Seguridad Social ha comunicado la revalorización para el año 2020 de los tipos de cotización por contingencias profesionales y por cese de actividad, tal y como estipula la disposición transitoria segunda del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre.

Con esta revalorización, los tipos aplicables a la base de cotización para el cálculo de la cuota serán los siguientes:
▪ contingencias comunes, el 28,30%.
▪ contingencias profesionales, el tipo pasa del 0,9% al 1,1%
▪ cese de actividad, el tipo pasa del 0,7 al 0,8%.
▪ formación profesional, el 0,1%.

Aunque el cambio tenía que haber entrado en vigor al comienzo de este año, hasta ahora los autónomos estaban pagado el 30 por ciento de su base de cotización; es decir,  los tipos de cotización estipulados para el 2019, cuando realmente desde enero tenían que haber abonado el importe correspondiente al 30,3 por ciento  de su base.
Dicha revalorización comportará para los autónomos una subida de 3 euros para la base mínima y para los autónomos societarios con base mínima una subida de 3,5 euros, en el caso de cotizar a base máxima estamos hablando de una subida de 12 euros.

Además, hay que tener presente la regularización de las cuotas de los meses pendientes de enero a septiembre del 2020, la seguridad social realizará el pago con una liquidación complementaria en las próximas semanas, si bien está
pendiente de confirmarse la fecha.

Jordi Carbonell

jordi.carbonell@pich.bnfix.com

Área laboral

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Con motivo de las diversas normativas e informaciones, que se han publicado en las últimas semanas, y que pueden crear confusión, sobre las medidas en materia de salud pública para […]

Montse Teruel, del área Laboral, ha elaborado una presentación muy completa en la que, de manera muy gráfica, explica las principales novedades del RDL 30/2020 de medidas en defensa del empleo y que tiene como principal medida la prórroga de los ERTE por fuerza mayor hasta el 31 de enero.

Presentación. III Acuerdo en defensa del empleo. pdf

 

 

Vídeo sobre la prórroga de los ERTE. Montse Teruel