20 de noviembre, 2025
La evaluación de riesgos laborales, obligatoria para los contratantes de empleadas de hogar
El 14 de noviembre entró en vigor la obligatoriedad, para quienes tienen contratada una empleada de hogar, de realizar la evaluación de riesgos laborales de acuerdo con el Real Decreto 893/2024, de 12 de septiembre, que incorpora por primera vez a este colectivo en el marco de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Esta obligación, recogida en la disposición adicional primera del citado Real Decreto, ha entrado en vigor seis meses después de la puesta en marcha de la herramienta oficial.
Para facilitar su cumplimiento, el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) ha habilitado la plataforma gratuita Prevencion10.es, con el módulo Evalúa-T Hogar, que permite realizar la evaluación de forma autónoma, sin necesidad de contratar un servicio de prevención ajeno.
La evaluación de riesgos debe identificar y evaluar riesgos físicos, químicos, ergonómicos y psicosociales vinculados a las tareas, equipos, ambiente y productos, activando medidas preventivas correctoras y documentadas.
La evaluación debe actualizarse ante cualquier cambio en las condiciones de trabajo (herramientas, tareas, espacio) o si se produce un incidente.
El sistema genera un informe en PDF que identifica riesgos, propone medidas con responsables y plazos, ordenadas por prioridad (alta, media, baja). Este informe debe conservarse para posibles inspecciones.
Además, el empleador tiene las siguientes obligaciones:
- Formación adecuada: uso de equipos, productos químicos, posturas y manejo de cargas, actualizada según cambien las tareas.
- Equipos y EPI seguros: guantes, mascarillas, calzado, escaleras, electricidad, asumidos por el empleador.
- Documentación: conservar dos copias (empleador y trabajadora) y actualizarla conforme a cambios.
- Vigilancia de la salud: reconocimiento sanitario voluntario cada 3 años, según el Sistema Nacional de Salud.
- Prevención del acoso o violencia en el ámbito laboral.
Como siempre, quedamos a su disposición para cualquier duda relacionada con esta nueva obligación.
Montse Teruel Mariné · montse.teruel@pich.bnfix.com
Área Laboral y de Seguridad Social de BNFIX PICH TAX LEGAL
📸 Imagen de Karola G. para Pexels



