23 de octubre, 2025
Cotización de autónomos: aumento máximo del 2,5% para 2026
El 1 de enero de 2023 entró en vigor el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, que estableció un nuevo modelo de cotización para los trabajadores por cuenta propia. Esta reforma supone un cambio estructural en el sistema, pues sustituye el régimen de libre elección de bases de cotización por uno basado en los “ingresos reales” del autónomo. El cambio tiene su origen en los compromisos asumidos por nuestro país en el marco de los acuerdos alcanzados con la Unión Europea, como condición para acceder a los 70.000 millones de euros en ayudas no reembolsables, correspondientes a los Fondos Next Generation EU.
Hasta entonces, los trabajadores autónomos podían elegir libremente su base de cotización dentro de unos límites mínimo y máximo, independientemente de sus ingresos. Con la nueva normativa, la elección queda condicionada por un sistema de tramos de ingresos, en el que cada franja determina una horquilla de cotización con una base mínima y máxima, limitando así la capacidad de decisión del autónomo.
Dado el alcance del cambio y el impacto económico para el colectivo por el alza de costes que conlleva, se ha previsto un periodo transitorio hasta, en principio, el año 2031. Durante este intervalo, la asignación de las bases de cotización mínimas y máximas de cada tramo se realizará de forma progresiva.
Rectificación: aumento máximo del 2,5%
En este contexto, la propuesta inicial del Gobierno para el trienio 2026-2028 contemplaba aumentos en las bases mínimas, que oscilaban entre un 3,8% en los tramos inferiores y hasta un 35% en los superiores.
Ante las críticas y descontento que ha provocado, el Ejecutivo ha rectificado su planteamiento y propuesto un nuevo escalado, con incrementos máximos del 2,5% para 2026. Ahora bien, y dado que el periodo transitorio se alargará hasta el 2031, debemos estar muy atentos a los incrementos del futuro, pues la finalidad del sistema es que el autónomo cotice a la Seguridad Social por sus ingresos reales, convergiendo de esta manera con el sistema de cotización del Régimen General de la Seguridad Social.
En todo caso, para marcar y entender el estado de la cuestión hay que tener presentes, como mínimo, tres puntos:
1- Por los acuerdos con la Unión Europea (UE) sobre las ayudas del Next Generation EU, nuestro país tiene que abordar esta reforma teniendo en cuenta el delicado estado del sistema de financiación de las pensiones.
2- Aplicaremos los cambios cuando conozcamos la propuesta concreta, recordando la conexión directa, y no siempre fácil, con su incidencia en la tributación en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF). También habrá que ver las situaciones específicas de los autónomos societarios.
3- Cada autónomo deberá, según su situación y capacidad económica, prever el horizonte de pensión razonable que desea alcanzar.
Como siempre, los profesionales del Área Laboral y de Seguridad Social de BNFIX PICH están a su disposición para atender sus dudas y consultas sobre el tema.
Jordi Altafaja · jordi.altafaja@bnfix.pich.com
Socio responsable del Área Laboral BNFIX PICH TAX LEGAL



