La incertidumbre e inseguridad jurídica generada por las últimas sentencias sobre el sujeto pasivo del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD) vivió su último capítulo con la publicación, el 8 de noviembre, del Real Decreto que modifica la ley que regula este impuesto.
Dicho Real Decreto señala que es el banco y no el cliente el que debe abonar el IAJD en la firma de una hipoteca con garantía hipotecaria. Se establece, además, como gasto no deducible a efectos del impuesto de sociedades
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