26 de octubre, 2026
Convocatoria de huelga general del 11 de noviembre: aspectos para tener en cuenta
Ante la convocatoria de huelga general prevista para el próximo 11 de noviembre, las empresas deben prepararse para posibles ausencias y alteraciones en la actividad laboral.
Según las comunicaciones formales de huelga presentada por los sindicatos CC.OO. y UGT, ésta durará toda la jornada del miércoles 11 de noviembre, con las siguientes particularidades:
- Centros de trabajo con varios turnos: la huelga afectará al primer turno que se inicie antes de las 00:00 h del día 11, y se extenderá hasta la finalización del último turno afectado.
- Centros de trabajo con turno único: la huelga se desarrollará desde el inicio de la jornada laboral hasta su finalización.
- Actividades con efectos inmediatos sobre la producción o el servicio del día 11: el cese de actividad podrá iniciarse el 10 de noviembre.
Con el fin de facilitar la gestión de la jornada de huelga, se detallan a continuación las principales actuaciones y recomendaciones para las empresas:
El día previo a la convocatoria de huelga
Las empresas deben tener presente que los trabajadores no están obligados a informar si secundarán la huelga, por lo que es recomendable no solicitar dicha información ni emitir comunicaciones requiriendo manifestación previa sobre su participación, dado el riesgo de que la empresa pueda ser denunciada ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Durante la jornada de trabajo
La empresa debe permanecer abierta con el fin de garantizar el derecho al trabajo de aquellas personas que decidan no secundar la huelga.
El cierre del centro de trabajo únicamente podrá producirse de forma excepcional cuando concurran circunstancias como la existencia de peligro de personas o cosas, la ocupación ilegal del centro de trabajo o que el volumen de inasistencia impida el proceso de producción normal.
Durante la jornada es muy importante disponer de un adecuado control de asistencia mediante los sistemas habituales de registro horario, con el fin de acreditar la presencia efectiva de los trabajadores.
En determinados sectores o ubicaciones se pueden producir dificultades de acceso al centro de trabajo debido a incidencias en el transporte o movilizaciones. En estos casos, cuando la actividad lo permita, podrá valorarse adoptar medidas organizativas que faciliten el trabajo, como el teletrabajo o la reorganización de horarios.
Asimismo, deberá garantizarse la realización de los servicios de seguridad y mantenimiento necesarios para la protección de personas, instalaciones, equipos y materiales, así como para permitir la normal reanudación de la actividad una vez finalizada la huelga.
Finalización de la jornada de huelga
Una vez concluida la jornada, los trabajadores que hayan ejercido su derecho de huelga deberán reincorporarse con normalidad a sus puestos de trabajo.
Efectos sobre el salario y la cotización a la Seguridad Social
La participación en la huelga supone la suspensión del contrato de trabajo durante el tiempo de seguimiento de esta y comporta el descuento salarial correspondiente. Dicho descuento podrá incluir la parte proporcional del salario y de las pagas extraordinarias correspondiente al periodo no trabajado.
En materia de Seguridad Social, los participantes en la huelga permanecerán en situación de alta especial y suspensión de cotización. Las empresas deberán efectuar las correspondientes comunicaciones ante la Tesorería General de la Seguridad Social relativa a las personas afectadas en un plazo de 5 días naturales.
Si necesitan información adicional o cualquier aclaración sobre la gestión de esta jornada, no duden en ponerse en contacto con nuestra Área Laboral y de Seguridad Social.
Andrea Cabrera Brunat · andrea.cabrera@pich.bnfix.com
Área Laboral y de Seguridad Social



