El Boletín Oficial del Estado publicó el 12 de marzo un Real Decreto de medidas urgentes de protección y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo. Entre otras medidas, pasa de 55 a 52 años la edad para cobrar subsidio por desempleo y aumenta el tiempo de percepción, modifica cuantía mínima y criterios sobre percepción de subsidios por incapacidad permanente, bonifica la contratación de desempleados de larga duración y establece la obligación de registrar la jornada. Dado el alcance, casuística y detalle de las diferentes medidas, hemos preparado una circular informativa que pueden consultar pinchando AQUÍ.
Oficinas
Barcelona
c/ Fontanella 21. 08010
Madrid
c/ Conde de Xiquena, 4. 28004