Nuestra compañera Dunia Álvarez Lorenzo ha obtenido el Premio Auditora del Año 2021, galardón otorgado por el Registro de Auditores de España (REA), órgano especializado del Consejo General de Economistas. El premio es un reconocimiento a la labor de Álvarez al frente de la sociedad de auditoría malagueña BNFIX España. La distinción fue entregada el jueves 16 de diciembre en el Hotel Meliá Plaza de Madrid, con ocasión de la gala Audiomeeting 2021.

Tras recoger el premio, Álvarez expresó un especial agradecimiento al REA, con el que colabora desde hace 25 años, “porque me  permite desarrollar mi trabajo y aportar mi granito de arena” y manifestó su confianza en poder seguir colaborando muchos años más. Asimismo quiso recordar a los socios “con los que comparto mi día a día profesional”.

Álvarez, de 58 años y licenciada en Dirección de Empresas y Derecho en el ICADE de la Universidad Pontificia Comillas, lleva dedicada a la auditoría de cuentas desde el año 1987. Empezó su andadura profesional en Madrid, en la multinacional Price Waterhouse, y en 1990 regresó a Málaga para constituir con otros socios la empresa BNFIX UNICONTROL AUDITORES SLP, perteneciente al grupo BNFIX Global. Asimismo, colabora con el Registro de Economistas Auditores, desde hace muchos años, en los distintos comités.

Con la finalización del año 2021, es importante que las empresas realicen una correcta planificación del cierre contable y fiscal del Impuesto de Sociedades que se debe presentar a partir del próximo mes de julio (aquellas sociedades cuyo cierre se produzca el 31 de diciembre) así como la preparación de las Cuentas Anuales del ejercicio.

Igual que ocurrió en 2020, este 2021 que acabamos de cerrar, se ha caracterizado por su atipicidad, resultado de los efectos que la COVID-19 sigue produciendo en las economías y por la vorágine de normativa aprobada por las diferentes Administraciones Públicas, la mayoría de carácter temporal con medidas para aliviar esta situación de crisis sanitaria y económica. Además, durante el ejercicio 2021 entraron en vigor distintas normas, como la modificación del Plan General de Contabilidad (PGC) al objeto de trasponer parte del contenido de la Norma Internacional de Información Financiera (NIIF 9) sobre instrumentos financieros, así como la Resolución del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) que desarrolla las normas de valoración sobre el reconocimiento de ingresos por la entrega de bienes y prestación de servicios que afectan de lleno a este ejercicio económico.

También se aprobó la ley de medidas de lucha contra el fraude fiscal, que ha regulado normativa que afecta al Impuesto sobre Sociedades, así como la nueva regulación contenida en la ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021, sobre la deducción-exención para evitar la doble imposición interna e internacional. Todos estos cambios tendrán efectos en las Cuentas Anuales de este ejercicio y, por tanto, en su cierre contable y fiscal.

Para ayudar a asimilar todos estos cambios, el Consejo General de Economistas de España (CGE) ha preparado, como cada año, un documento con 90 recomendaciones donde se analizan los aspectos contables y fiscales más destacables a considerar en el cierre del ejercicio, al que podrán acceder pinchando AQUÍ.

 

Carolina Mateo

carolina.mateo@bnfix.pich.com

Área Fiscal

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado hoy, 30 de diciembre, el Real Decreto-Ley 32/2021, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo.

Con las fiestas de Navidad a la vuelta de la esquina y la “escudella” a punto de poner al fuego, os hacemos llegar la última newsletter del año 2021, la 162. En ella, aparte de algunas noticias legales y los habituales consejos de final de año para planificar la Renta 2021, les explicamos, con orgullo, nuestro compromiso con la práctica del deporte de las personas con discapacidad intelectual a través del patrocinio del equipo Genuine del F.C.Cartagena, equipo que participa en la liga de equipos de personas con discapacidad
intelectual de la fundación LaLiga.

Por otra parte, las últimas noticias sobre la evolución de la pandemia nos obligan a pedirles de nuevo que extremen las medidas de
seguridad para hacerle frente (distancia, mascarilla, manos, limitación de los encuentros sociales…) y que, entre todos, seamos capaces de vencer al virus o, al menos, tenerlo bajo control.

Felices Fiestas a todxs!!
Cuídense!!

Valentí Pich

v.pich@pich.bnfix.com

Socio BNFIX PICH

El Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya del 9 de desembre ha publicat l’ORDRE EMT/226/2021, de 3 de desembre, per la qual s’estableix el calendari de festes locals a Catalunya per a l’any 2022. Amb la publicació d’aquestes festes locals, juntament amb les autonòmiques que es varen publicar el passat 30 de juny de 2021, i que ja us vam informar mitjançant la nostre circular núm. 210107, les empreses ja poden confeccionar el Calendari Laboral per l’any 2022, tal i com exigeix l’article 34.6 de l’Estatut dels Treballadors.
Per tant, el calendari oficial de festes laborals per a l’any 2022 queda de la següent manera:

1 de gener (Cap d’Any)
6 de gener (Reis)
15 d’abril (Divendres Sant)
18 d’abril (Dilluns de Pasqua Florida)
6 de juny (Dilluns de Pasqua Granada).
24 de juny (Sant Joan)
15 d’agost (L’Assumpció)
12 d’octubre (Festa Nacional d’Espanya).
1 de novembre (Tots Sants).
6 de desembre (Dia de la Constitució)
8 de desembre (La Immaculada)
26 de desembre (Sant Esteve)
17 de juny (Festa d’Aran (substitueix Sant Esteve al territori d’Aran))

A més de les festes esmentades, seran fixades dues festes locals, retribuïdes i no recuperables, a proposta dels ajuntaments, que poden veure clicant AQUÍ.

Cal recordar que pel que fa referència a la resta de l’Estat, s’haurà d’estar al cas de les festes autonòmiques i locals pròpies de cada autonomia, publicades als respectius butlletins oficials.

Restem a la seva disposició per tal d’atendre qualsevol consulta o aclariment que precisi realitzar-nos referent a aquest tema, així com de qualsevol altre. Atentament,

Sara Bueno 

sara.bueno@pich.bnfix.com

Àrea laboral

El Consejo General de Economistas y la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (FEDEA) llamaron días atrás a los poderes públicos para que se reforme la fiscalidad energética y se “limpie” la factura eléctrica para, entre otras cosas, frenar la escalada de precios de la electricidad.

Este llamamiento se realizó en el transcurso de una jornada conjunta online celebrada el 22 de noviembre bajo el título Formación del precio de la electricidad. Su objetivo era explicar de forma didáctica el funcionamiento del mercado de la electricidad en España, la formación de los precios y los determinantes de los costes de producción, así como ayudar a centrar las ideas sobre el margen real existente para actuar sobre la factura de la luz y evitar la demagogia en el tratamiento de la información sobre el tema.

Al final de la sesión se hizo público un mensaje institucional con 10 reflexiones, consideraciones y propuestas (que tiene a continuación) que quieren contribuir a un debate serio sobre la política energética y el precio de la electricidad en nuestro país.

 

 Sobre la escalada de los precios de la electricidad 

Mensaje institucional de FEDEA y el Consejo General de Economistas 

(10 reflexiones, consideraciones y propuestas) 

 

  1. El Gobierno ya ha utilizado los dos instrumentos de rebaja directa de la factura eléctrica que están a su disposición: reducciones de cargos y de impuestos. Dada la actual situación, debería plantearse la extensión de las medidas adoptadas al primer trimestre de 2022. Por otra parte, estas actuaciones han generado un desequilibrio en el sistema de ingresos y pagos regulados para cuya solución debería explorarse la posibilidad de la reliquidación anticipada del exceso de retribución regulada a la generación renovable sujeta a ese régimen. También debería valorarse la posibilidad de trasladar a los Presupuestos Generales del Estado la parte de losextracostespeninsulares que aún se paga a través de la factura eléctrica. Puesto que estos costes responden a consideraciones de solidaridad interterritorial, su mecanismo natural de financiación son los presupuestos públicos y no la factura eléctrica. 
  2. Algunas de las medidas fiscales que se han tomado con carácter transitorio deberían convertirse en permanentes y otras deberían eliminarse lo antes posible. En ese sentido, debería abordarse ya la eliminación del Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica, que se traslada a un mayor precio de mercado y distorsiona nuestros intercambios internacionales de energía. La reducción que ello implicaría en ingresos para el sistema de liquidaciones puede ser compensada por el aumento de los ingresos provenientes de las subastas de derechos de emisión deCO2. En el caso del IVA, sin embargo, las modificaciones temporales del tipo aplicable a la electricidad nos alejan de la deseable neutralidad impositiva entre vectores energéticos. En cualquier caso, se requiere una reforma que adopte una visión global del conjunto del sector energético y tenga en cuenta la reforma en curso de la Directiva de fiscalidad energética, la extensión del Régimen de comercio de derechos de emisión y otras medidas anunciadas como la aplicación de peajes en vías de alta capacidad.
  3. Debe seguir prestándose especial atención al tratamiento de los consumidores domésticos vulnerables. Valorándose positivamente la ampliación de los porcentajes de descuento en el bono y otras medidas de protección social ya aprobadas, debería evaluarse si es adecuado el nivel de protección actual, si están bien identificados los colectivos más necesitados y cómo se complementan estas medidas con otras políticas de renta y en particular con el IMV.
  4. La actual configuración del precio minorista regulado (PVPC), referenciado a los precios diarios de mercado, ha acentuado la alarma social en un contexto de precios extraordinariamente altos y volátiles. Sería conveniente ligar este precio, al menos en parte, a los precios de contratos a plazo para dotarlo de mayor estabilidad.
  5. Las posibles intervenciones de extracción de rentas no deben interferir en el funcionamiento eficiente del mercado mayorista, que debe preservarse. La detracción de parte de los ingresos asociados al mayor precio del gas podría llevarse a cabo de una forma más sencilla y transparente actuando a posteriori a través del impuesto de sociedades en lugar del complejo y polémico mecanismo implementado.Una posibilidad a considerarsería la imposición de un recargo transitorio sobre el incremento de los beneficios de generadoras y comercializadoras eléctricas con respecto a los niveles previos a la escalada de los precios del gas. Por otra parte, hay elementos de la regulación que deberían revisarse. Entre ellos está el uso del agua para el aprovechamiento hidroeléctrico, que debería regirse por un sistema concesional en régimen de competencia. 
  6. La evolución de los mercados de electricidad durante las últimas décadas, caracterizada por una moderada volatilidad y bajos precios, no ha estimulado el desarrollo de una cultura de aseguramiento en el precio mediante coberturas de futuros. Sin embargo, el peso creciente de las renovables implica una mayor volatilidad del precio mayorista, lo que aconseja explicar a ciudadanos y empresas las posibilidades de contratación a plazo.
  7. Las intervenciones de corto plazo que puedan ser necesarias para hacer frente a situaciones coyunturales no deberían distorsionar las señales de largo plazo. El mantenimiento de la estabilidad regulatoria y el libre juego de las señales de inversión ligadas a la rentabilidad de las distintas opciones de generación y la internalización del coste de las emisiones es básico para avanzar en el cambio delmixde generación hacia fuentes renovables.  
  8. Las intervenciones regulatorias poco meditadas, y no discutidas previamente, pueden generar efectos contrarios a los pretendidos. Las reformas deben discutirse antes con los agentes (consumidores, productores, comercializadores) y ser objeto de informes previos de los organismos pertinentes (CNMC y Consejo de Estado) con el fin de asegurar la mejor regulación posible.
  9. La transición energética puede tener efectos asimétricos sobre los territorios, los hogares y las empresas. Debe prestarse especial atención a los aspectos distributivos. Para ello es relevante saber qué impactos se desea mitigar y sobre quién debe recaer el esfuerzo de mitigación. Debe darse la mayor transparencia a las subvenciones, exenciones o bonificaciones a los colectivos protegidos.
  10. Las inversiones para la descarbonización en la lucha contra el cambio climático van a absorber importantes recursos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en línea con las directrices europeas. Es necesaria una evaluación ex ante y ex post que garantice el uso eficiente de esos fondos, de modo coherente con el principio de maximización del bienestar social.

 

Foto de Burak Kebapci en Pexels

 

 

 

 

El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) estableció, en su resolución de 10 de febrero de 2021, un nuevo criterio de cálculo del importe neto de la cifra de negocios (INCN) cuando el ejercicio económico de una entidad es inferior al año. En concreto, el artículo 34.11 de la citada resolución señala:

“Si el ejercicio económico fuera de duración inferior al año, el importe neto de la cifra anual de negocios será el obtenido durante el período que abarque dicho ejercicio.

No obstante, si el ejercicio es inferior a doce meses se elevará al año el importe neto de la cifra de negocios de la empresa para determinar la facultad de elaborar balance y memoria en modelos abreviados”.

Ante las dudas generadas, la consulta BOICAC Nº 127/2021 Consulta 3 hace las siguientes aclaraciones:

En primer lugar, en referencia al segundo párrafo de dicho artículo indica que “como el importe neto de la cifra de negocios es un parámetro que se toma como referencia para imponer determinadas obligaciones o atribuir ciertas facultades, a dichos efectos la empresa debe realizar una elevación al íntegro (12 meses) con el objetivo de que en el primer año de actividad, o en el caso excepcional de cierre anticipado, la verdadera dimensión tendencial de la empresa no se vea afectada por tal circunstancia”.

La legislación prevé, a efectos del cumplimiento de las determinadas obligaciones, las relativas a la confección de los modelos de las cuentas anuales, obligación de auditoría y de consolidación.

Dicho criterio se modifica “para evitar la interrupción, a conveniencia, de un ejercicio y retrasar así la exigencia de mayores obligaciones de información”, recogido en el apartado III del preámbulo de la resolución.

La consulta del ICAC recuerda que este nuevo criterio ya se recoge y aplica, por ejemplo, en el ámbito fiscal, regulado en el Impuesto de Sociedades y en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Por último, y en cuanto al cálculo de la elevación al íntegro anual indicado, se deberá realizar la estimación oportuna, que en general consistirá en una “relación proporcional y directa entre la magnitud obtenida en el periodo de duración inferior al año y la magnitud anual deseada. No obstante, en la estimación se tendrá en cuenta la experiencia de facturación del sector concreto en los supuestos en que dicha facturación sea irregular a lo largo del ejercicio”.

El nuevo criterio se aplicará a aquellos ejercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 2021.

Natalia Pérez

natalia.perez@pich.bnfix.com

BNFIX PICH, como miembro de la red BNFIX Global, es patrocinador, la temporada 2021-22, del equipo FC Cartagena en la liga Genuine que promueve la fundación de La Liga. La liga Genuine es una competición de fútbol en la que participan 36 equipos formados por jugadores con discapacidad intelectual.

La iniciativa arrancó la temporada 2017-2018 como proyecto integrador y socialmente responsable de los equipos de fútbol profesional. Con él se busca, por un lado, normalizar en la sociedad la práctica deportiva de este colectivo y hacerla más visible. Por otra parte, significa una forma más de inclusión social de las personas con discapacidad, que ganan en salud, autoestima y ganas de superación, entre otras. Además de los puntos estrictamente deportivos, cada jornada de esta competición, que empezará en enero, se otorgarán puntos que premiarán la actitud, fair play y comportamiento tanto de jugadores como de entrenadores y afición.

El presidentde BNFIX, Ramon Madrid, (esquerra) i la directora general del club, Rebeca García, mostren la samarretaCon su incorporación, este año, a la liga Genuine, el FC Cartagena quiere incluir a su equipo Genuine en la disciplina y estructura del Club y poner su granito de arena en la inclusión social del colectivo por medio de la práctica del fútbol. Además, prevé poner en marcha actividades con los niños y niñas del resto de equipos del club para sensibilizarles sobre las capacidades del colectivo en todos los ámbitos de la sociedad. Es, a su vez, una forma más de difundir la marca FC Cartagena, así como su misión, visión y valores.

Al patrocinar el equipo Genuine, BNFIX Global contribuye a los gastos de entrenamientos y cuerpo técnico, primera y segunda equipación y ropa de entrenamiento, desplazamientos y material deportivo del equipo, formado por 16 jugadores. Desde BNFIX estamos contentos de poder colaborar con una iniciativa de soporte a un colectivo social especialmente vulnerable, el de las personas con discapacidad intelectual. Una iniciativa que beneficia al equipo ya todas las familias de los jugadores que hay detrás, ya que participar en una competición como ésta es para todas ellas motivo de orgullo y de ganas de superarse y hacerlo bien, unos valores que después se pueden trasladar a su día a día, contribuyendo a la mejora de la salud y el bienestar y, por tanto, de la calidad de vida.

 

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