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Entradas

VÍDEO. Principales novedades fiscales del 2023

Comunicación, Noticias, Vídeos

Ester Brullet y Carolina Mateo, del Área Fiscal de BNFIX PICH, resumen en un vídeo de apenas diez minutos las principales novedades fiscales en vigor este 2023.

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23 enero, 2023/por PICH BNFIX
https://pich.bnfix.com/wp-content/uploads/2023/01/video-brullet-mateo-novedades-fiscales-pich.jpg 673 1271 PICH BNFIX https://pich.bnfix.com/wp-content/uploads/2019/01/bnfix-pich-logotipofinal.png PICH BNFIX2023-01-23 15:53:362023-01-23 15:53:48VÍDEO. Principales novedades fiscales del 2023

FISCAL. Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas: ¿Quién debe pagarlo? 

Comunicación, Noticias

El Boletín Oficial del Estado (BOE) del 24 de noviembre publicó una enmienda en la Proposición de Ley para el establecimiento de gravámenes temporales energético y de entidades de crédito, donde se incorporaban las disposiciones del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas en España.

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9 diciembre, 2022/por PICH BNFIX
https://pich.bnfix.com/wp-content/uploads/2022/12/pexels-asad-photo-maldives-1268871-lujo_riqueza_fortuna-casa-scaled-e1670582193688.jpg 1120 2534 PICH BNFIX https://pich.bnfix.com/wp-content/uploads/2019/01/bnfix-pich-logotipofinal.png PICH BNFIX2022-12-09 11:35:072022-12-12 13:14:12FISCAL. Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas: ¿Quién debe pagarlo? 

FISCAL. Normas anti-elusión fiscal: transposición de la Directiva (UE) 2016/1164 sobre asimetrías híbridas invertidas

Comunicación, Noticias

El RDL 18/2022 ha traspuesto la Directiva (UE) 2016/1164 en lo que se refiere al concepto sobre asimetrías híbridas invertidas, que modifica la Ley del Impuesto de Sociedades. Los cambios tienen efecto desde el 1 de enero de 2022

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29 noviembre, 2022/por PICH BNFIX
https://pich.bnfix.com/wp-content/uploads/2022/11/pexels-lara-jameson-8828640_mapa_europa-scaled.jpg 1707 2560 PICH BNFIX https://pich.bnfix.com/wp-content/uploads/2019/01/bnfix-pich-logotipofinal.png PICH BNFIX2022-11-29 11:29:342022-11-29 11:29:34FISCAL. Normas anti-elusión fiscal: transposición de la Directiva (UE) 2016/1164 sobre asimetrías híbridas invertidas

Fiscal. La fiscalidad de las retribuciones en especie, hay que planificarlas

Vídeos

¿Qué es una retribución es especie? ¿Cuáles son las características que la diferencian de las retribuciones en metálico? ¿Cuáles son las retribuciones en especie exentas de tributación? La economista experta en fiscalidad Carolina Mateo responde a todas estas preguntas, con ejemplos, en este nuevo vídeo de nuestro canal de Youtube, en el que habla, asimismo, de los tipos de retribución en especie más habituales, de las formas de valoración de las mismas y de los efectos fiscales de esta clase de rentas.

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21 noviembre, 2022/por PICH BNFIX
https://pich.bnfix.com/wp-content/uploads/2022/11/miniatura-Retribucion-en-especie-PICH.jpg 1080 1920 PICH BNFIX https://pich.bnfix.com/wp-content/uploads/2019/01/bnfix-pich-logotipofinal.png PICH BNFIX2022-11-21 17:58:462022-11-22 13:39:30Fiscal. La fiscalidad de las retribuciones en especie, hay que planificarlas

Fiscal. Principales novedades fiscales de interés general incluidas en el Proyecto de Presupuestos Generales del Estado

Circulares, Noticias

El pasado 6 de octubre se publicó en la página web del Ministerio de Hacienda y Función Pública el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2023 a debatir en el Congreso de los Diputados para su posterior aprobación .

A continuación detallamos las principales novedades en materia fiscal que contemplan los presupuestos en impuestos como el IRPF, el Impuesto de Sociedades y el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalía municipal).

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Se establecen varias novedades de las que destacaremos las más relevantes:

  • Reducción por la obtención de rendimientos del trabajo y en estimación directa simplificada: se incrementan los importes de reducción aplicables y los límites de aplicación, que podrán aplicar los contribuyentes con rendimientos netos inferiores a 19.747,50 € (anteriormente 16.825 €) .
  • No obligación de declarar: se aumenta el umbral de la obligación de presentar declaración de IRPF: no están obligados los contribuyentes que perciban rendimientos del trabajo de más de un pagador si son inferiores a 15.000€ (anteriormente 14.000€).
  • Gastos de difícil justificación en estimación directa simplificada: se incrementa el porcentaje de gastos de difícil justificación al 7% (anteriormente al 5%), pero se mantiene el importe absoluto máximo de 2.000€.
  • Tipo de gravamen del ahorro: se incrementan los tipos impositivos añadiendo dos nuevos tramos, siendo los tipos los detallados a continuación:
Base liquidable del ahorro  Cuota íntegra  Resto base liquidable   Tipo aplicable 
Hasta euros  Euros  Hasta Euros  Porcentaje 
0,00    0,00    6.000,00    19,00% 
6.000,00    1.140,00    44.000,00    21,00% 
50.000,00    10.380,00    150.000,00    23,00% 
200.000,00    44.880,00    100.000,00    27,00% 
300.000,00    71.880,00    en adelante  28,00% 

Impuesto sobre Sociedades

Se establece un nuevo tipo de gravamen del 23 % para las entidades en las que la cifra de negocios del período inmediatamente anterior sea inferior al 1.000.000 € y no sea considerada entidad patrimonial.

Impuesto sobre el incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana

Se actualizan los coeficientes máximos previstos aplicables al valor de los terrenos en función del período de generación, tal y como establecía la Ley de Haciendas Locales.

EÉstas son las principales novedades fiscales que prevén el Proyectos de Presupuestos informaremos de los cambios definitivos cuando se produzca la aprobación en el Congreso de los Diputados.

Hay más novedades, pero ya de carácter específico.

Ester Brullet 

ester.brullet@pich.bnfix.com 

Área Fiscal 

13 octubre, 2022/por PICH BNFIX
https://pich.bnfix.com/wp-content/uploads/2022/10/PGE_2023.jpg 725 1316 PICH BNFIX https://pich.bnfix.com/wp-content/uploads/2019/01/bnfix-pich-logotipofinal.png PICH BNFIX2022-10-13 08:15:322022-10-13 08:35:53Fiscal. Principales novedades fiscales de interés general incluidas en el Proyecto de Presupuestos Generales del Estado

Aspectos fiscales de la reforma de la Ley Concursal: se endurecen los plazos para pagar las deudas 

Circulares, Comunicación, Noticias

Como ya hemos comentado en anteriores circulares, el Boletín Oficial del Estado (BOE) de 6 de septiembre publicó la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma de la Ley Concursal. En este artículo nos centramos en aspectos fiscales relevantes, concretamente analizamos la Disposición adicional undécima de la Ley, que hace referencia a Aplazamientos y fraccionamientos de deudas tributarias por la Agencia Estatal de Administración Tributaria. 

En este caso, el legislador endurece los plazos para pagar las deudas tributarias aplazadas o fraccionadas, que quedan de la siguiente manera:  

Aplazamientos exentos de presentar garantías (límite máximo de 30.000 €): plazo máximo de 6 meses. 

Aplazamientos con garantía hipotecaria, fianza personal y solidaria: plazo máximo de 6 meses 

Aplazamientos con aval solidario de entidades de crédito o sociedades de garantía recíproca a favor de la Administración Tributaria o certificado de seguro de caución: plazo máximo de 9 meses 

Aplazamientos en los que la Administración dispense al obligado tributario de constituir garantías por insuficiencia de bienes para garantizar la deuda y cuando la ejecución de su patrimonio pueda afectar a la capacidad productiva: plazo máximo de 12 meses. 

 Hasta ahora, según la Instrucción 1/2017 de la Agencia Tributaria, estos plazos eran de 12, 24 y 36 meses respectivamente. Por tanto, con la reforma se verán reducidos. La normativa detallada entrará en vigor el 1 de enero de 2023. 

 Como siempre, para cualquier duda o consulta quedamos a su disposición.

Más información sobre las novedades de la reforma haciendo clic aquí:  El pleno del Congreso aprueba la reforma de la Ley Concursal. Principales novedades 

Ester Brullet

ester.brullet@pich.bnfix.com

Àrea Fiscal

15 septiembre, 2022/por PICH BNFIX
https://pich.bnfix.com/wp-content/uploads/2022/09/calendario-2022-b.jpeg 1134 2016 PICH BNFIX https://pich.bnfix.com/wp-content/uploads/2019/01/bnfix-pich-logotipofinal.png PICH BNFIX2022-09-15 08:48:172022-09-15 09:25:30Aspectos fiscales de la reforma de la Ley Concursal: se endurecen los plazos para pagar las deudas 

La Agencia Tributaria controlará las criptomonedas con tres nuevos modelos informativos: el 171, el 172 y el 721   

Circulares, Comunicación, Noticias

Hacienda ya tiene preparados tres modelos de declaración de criptomonedas, los 172, 173 y 721, que supondrán un nuevo marco de obligaciones inéditas para empresas y particulares. La Agencia Tributaria prevé que los contribuyentes que poseen, proveen, operen, intermedien y/o custodien estas monedas virtuales declaren los saldos y detallen cada operación realizada, con numerosos parámetros.  

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4 julio, 2022/por PICH BNFIX
https://pich.bnfix.com/wp-content/uploads/2022/07/pexels-alesia-kozik-6780789_criptomonedas-v-scaled.jpg 977 2560 PICH BNFIX https://pich.bnfix.com/wp-content/uploads/2019/01/bnfix-pich-logotipofinal.png PICH BNFIX2022-07-04 14:29:532022-08-01 14:03:42La Agencia Tributaria controlará las criptomonedas con tres nuevos modelos informativos: el 171, el 172 y el 721   

El 25 de julio, último día para presentar el Impuesto sobre Sociedades. Incluye, de nuevo, la casilla del 0’7% para fines sociales

Circulares, Comunicación

El 25 de julio finaliza el plazo de presentación de la liquidación del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2021 para todas aquellas sociedades cuyo ejercicio social coincida con el año natural.

Es preciso recordar que todas las sociedades, fundaciones y entidades estarán obligadas a presentar la declaración de Impuesto de Sociedades según la normativa establecida, incluso las sociedades inactivas.

Tal y como establece la normativa, el contribuyente, de forma similar a lo que sucede con el IRPF, tiene la opción de marcar la casilla del impreso en la que manifiesta la voluntad de destinar el 0,7 % la cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades a subvencionar actividades de interés social.

Cartel en el que se pregunta ¿Quieres que tu empresa tenga impacto positivo?Marcar esta casilla, en el apartado “otros caracteres – finas sociales”, no tiene ningún impacto económico en la declaración del impuesto.

Los fondos recaudados a través de la Casilla Empresa Solidaria del Impuesto de Sociedades van dirigidos a financiar una gran diversidad de proyectos sociales y medioambientales desde que en 2018 se incluyó en las liquidaciones.

Se financian, entre otros, proyectos de atención sociosanitaria, promoción de la salud y la vida independiente, de inclusión en la comunidad, de lucha contra la discriminación, cobertura de necesidades educativas, de formación y fomento de la inserción laboral, fomento de la seguridad ciudadana y prevención de la delincuencia, promoción de la igualdad de trato, prevención de la violencia, protección de víctimas, promoción y defensa de derechos, etc

 

 

Ester Brullet

Ester.brullet@pich.bnfix.com

Área Fiscal

1 julio, 2022/por PICH BNFIX
https://pich.bnfix.com/wp-content/uploads/2022/07/casilla_empresa_solidaria-e1656672732182.jpg 258 507 PICH BNFIX https://pich.bnfix.com/wp-content/uploads/2019/01/bnfix-pich-logotipofinal.png PICH BNFIX2022-07-01 11:41:242022-07-01 11:53:20El 25 de julio, último día para presentar el Impuesto sobre Sociedades. Incluye, de nuevo, la casilla del 0’7% para fines sociales

Fiscal. Calendario fiscal: en julio, Impuesto sobre Sociedades (IS) y Cuentas Anuales 

Circulares, Noticias

La Agencia Estatal de Administración Tributaria ha aprobado los modelos de declaración de Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes del ejercicio 2021.

En este sentido, todas las sociedades, fundaciones y entidades estarán obligadas a presentar la declaración de Impuesto sobre sociedades según la normativa establecida.

El plazo de presentación de aquellas sociedades que el ejercicio social coincida con el año natural será del 1 al 25 de julio; el 20 de julio acaba el plazo de presentación de las declaraciones a pagar mediante domiciliación bancaria. 

Cuentas Anuales 

Por otro lado, las sociedades tienen que formular, aprobar y presentar las Cuentas Anuales, siendo el plazo de la formulación de tres meses y la aprobación de seis meses a contar desde el cierre del ejercicio.

En este sentido, el plazo de aprobación de Cuentas Anuales del ejercicio 2021 concluye el 30 de junio, y la presentación al Registro Mercantil se tiene que realizar dentro del mes siguiente a la fecha de celebración de la junta; así, la fecha tope será el 30 de julio de 2022. 

Sociedades inactivas

Las últimas novedades legislativas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal hacen una mención especial a las sociedades inactivas, puesto que se establece un régimen de revocación del NIF y unas sanciones para aquellas sociedades inactivas que no cumplan las obligaciones tributarias.

En este sentido, recordamos que las sociedades inactivas están obligadas a presentar el Impuesto sobre sociedades y formular y presentar las Cuentas Anuales al Registro Mercantil. En el supuesto de no cumplir las obligaciones tributarias y mercantiles, la AEAT procederá a la revocación del NIF y al cierre de la hoja registral, están obligados a regularizar la situación de los últimos cuatro ejercicios para activar la sociedad. Más información sobre este tema, AQUÍ

Esperando que la información sea de su interés, estamos a su disposición por cualquier consulta o aclaración.

 

Ester Brullet 

ester.brullet@pich.bnfix.com

Área Fiscal

8 junio, 2022/por PICH BNFIX
https://pich.bnfix.com/wp-content/uploads/2022/06/mode-200-3-impuesto-sociedades.webp 1080 1920 PICH BNFIX https://pich.bnfix.com/wp-content/uploads/2019/01/bnfix-pich-logotipofinal.png PICH BNFIX2022-06-08 15:54:022022-06-16 12:51:17Fiscal. Calendario fiscal: en julio, Impuesto sobre Sociedades (IS) y Cuentas Anuales 

Hacienda confirma el tratamiento del IVA en la bonificación de 20 céntimos/litro a determinados carburantes  

Circulares, Comunicación

La subdirección General de Impuestos sobre el Consumo ha recordado, mediante una  Consulta Vinculante de la Dirección General de Tributos , la obligación especial de facturación durante el periodo de aplicación de la bonificación en los carburantes. Además, aclara el tratamiento a efectos del IVA de las ventas y la aplicación de la bonificación, por si quedaba alguna duda. 

En la mencionada consulta (V0977-22, de 4 de mayo pasado), una comercializadora de programas informáticos de gestión de gasolineras que debe adaptar a la bonificación de 0,2 euros por litro, extraordinaria y temporal del precio final de determinados productos energéticos prevista en el decreto de medidas urgentes para hacer frente a los efectos de la guerra en Ucrania, preguntaba sobre la determinación de la base imponible del IVA de la operación de venta de estos productos. 

Entre los productos cuya compra da derecho a la bonificación figura la gasolina y sus homólogos, así como el aditivo AdBlue. Y dicha bonificación debe aplicarse sobre el precio final de venta al público. 

 La norma contempla la figura de los colaboradores en la gestión de esta bonificación, que se atribuye a los titulares de los derechos de explotación de las instalaciones de suministro de combustibles y carburantes al por menor, así como las empresas que vendan directamente a los consumidores finales de los productos bonificables. 

 La colaboración consistirá en efectuar, en cada suministro, un descuento sobre el precio de venta al público, impuestos incluidos, equivalente al importe de la bonificación. Dichos colaboradores podrán solicitar la devolución de las bonificaciones efectuadas haciendo constar el importe de la operación, distinguiendo el precio antes de aplicar el descuento y después de aplicar la bonificación, así como el importe de la bonificación aplicada y la referencia expresa a la aplicación de la bonificación, a partir del 15 de abril de 2022. 

 En las instalaciones de suministro de combustibles y carburantes al por menor de los productos bonificables, se deberá publicitar el precio de venta al público del producto antes de aplicar la bonificación. 

 La base imponible del IVA correspondiente a las entregas de combustibles y carburantes que efectúen los colaboradores en la gestión de la bonificación, entre los que se encuentran las gasolineras destinatarias de los programas informáticos comercializados por la consultante, queda constituida por el importe de la contraprestación obtenida en las entregas procedente del destinatario o de terceras personas. La base imponible no se ve alterada por la bonificación extraordinaria y temporal, aprobada por el Real Decreto-ley 6/2022, que instrumenta un descuento en el momento del cobro de la operación sobre la cantidad a pagar, impuesto sobre el Valor Añadido incluido, por parte de los destinatarios de las entregas; esto es, parte del importe de la contraprestación es satisfecho por un sujeto distinto del destinatario de la entrega de carburante, sin que modifique la base imponible de dicha entrega. 

 Todo ello sin perjuicio de las obligaciones generales de facturación, incluidas las facturas simplificadas y con las previsiones del Real Decreto-ley 6/2022 en cuanto a la información adicional que se debe añadir. 

 La Agencia Estatal de Administración Tributaria ha publicado, a efectos informativos, una nota en la que aclara el ámbito de aplicación del RD, así como ejemplos sobre la forma de documentar la información sobre la bonificación en la factura. 

 

Descargar circular en pdf

 

Joan Borràs Tarancón 

joan.borras@pich.bnfix.com  

Economista y abogado 

📸 Gustavo Fring para Pexels

31 mayo, 2022/por PICH BNFIX
https://pich.bnfix.com/wp-content/uploads/2022/05/pexels-gustavo-fring-4173096_gasolina_rec-scaled.jpg 1037 2560 PICH BNFIX https://pich.bnfix.com/wp-content/uploads/2019/01/bnfix-pich-logotipofinal.png PICH BNFIX2022-05-31 15:02:202022-05-31 15:30:20Hacienda confirma el tratamiento del IVA en la bonificación de 20 céntimos/litro a determinados carburantes  
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